Consejo Departamental Cajamarca

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"Todo por Cajamarca, Nada Contra Cajamarca"

La continuidad del estado de emergencia sanitaria y cuarentena focalizada

Escribe: Caritas Perú
Como es de conocimiento público, la coyuntura de la crisis sanitaria mundial, iniciada desde enero del presente año, continúa generando grandes problemas en la salud pública de la mayoría de países del mundo; así como ha trastocado significativamente sus economías y la pérdida de millones de puestos de trabajo; difíciles de recuperar al corto y mediano plazos.
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Nuestro país, y de manera particular nuestro departamento, no es ajeno a esta delicada situación, que prácticamente paralizó la economía nacional; y que en la actualidad, venimos, a duras penas, tratando de lograr la reactivación económica por fases. Se espera de acuerdo a lo programado por el gobierno nacional, que en el transcurso de las próximas semanas, se inicie la fase 4, con lo cual, se estaría aproximando a un 90% de las actividades económicas; así como a la recuperación de puestos de trabajo, en los rubros más importantes de los sectores productivos y de servicios, como es el caso específico de las actividades turísticas y la reanudación de vuelos internacionales.

El estado de emergencia sanitaria   

Es importante mencionar que luego de concluido en nuestro país la cuarentena general, el pasado 30 de junio del año en curso, según evaluación de la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud, de las condiciones sanitarias en nuestro país, solicitó la prórroga de la emergencia sanitaria que fuera declarada mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por Decreto Supremo Nº 0202020-SA, por el plazo de noventa (90) días calendario, tomando en consideración la persistencia del riesgo del daño en la salud de las personas debido a la pandemia de COVID-19.

Al respecto, el gobierno nacional emitió el Decreto Supremo N° Nº 027-2020-SA, que prorroga la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto Supremo N° 008-2020-SA, prorrogada a su vez mediante Decreto Supremo N° 020-2020-SA, por un período de 90 días, es decir, hasta los primeros días del mes de diciembre del año en curso.

Esta medida, considerada a través del dispositivo indicado en el párrafo precedente, se sustenta en hechos reales y las tasas e índices de contagios y muerte productos de la pandemia, que se han incrementado significativamente en varios departamentos y en la capital de la república como consecuencia  del término de la cuarentena generalizada,  la mayor circulación de personas intra e interregionales, y -en los ámbitos urbanos- especialmente en los mercados y grandes centros comerciales; así como las conductas infractoras de sectores poblacionales de no respetar las medidas restrictivas y de protección, como las del distanciamiento social,  y la ocurrencia de las denominadas fiestas COVID, con grandes aglomeraciones de personas y consumo de bebidas alcohólicas.  Según informes oficiales del sector salud, el país se halla en la primera ola, no obstante, se evidencian sub-epidemias regionales en diferentes estadios de evolución, por lo que se tienen sub-epidemias los cuales la curva epidémica muestra un descenso y otras departamentos en los cuales  la curva epidémica está creciendo rápidamente,  como ha sido el caso de Arequipa, Ica, Huánuco, Junín, Moquegua, Tacna, Cajamarca,  y otras provincias y distritos de otros departamentos.

La situación se volvió crítica en nuestro país especialmente en los dos últimos meses, lo cual nos ubicó en el primer lugar de un  ranking mundial, con la más alta tasa de letalidad, referida en una mortalidad de 85,8 por cada cien mil habitantes.

Esta prórroga, implica se mantengas las acciones principales del denominado “Plan de Acción–Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo COVID-19 en el Perú” y las listas de “Bienes o servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria COVID 19”, como previsión a la continuidad de la presencia de la pandemia a fin de poder contrarrestar sus efectos nocivos en la salud pública.

Prórroga de la cuarentena focalizada

En este mismo contexto, también se ha prorrogado la Cuarentena Focalizada, para varios departamentos de manera general y provincias y distritos de otros, de manera selectiva, según prescribe el Decreto Supremo N° 146-2020-PCM que modifica el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM. Este dispositivo legal establece las medidas que deben seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social y Prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19 y que fuera modificado en tres oportunidades, por sendas normas similares.


En términos sencillos, implica que la población en general, debe seguir en sus domicilios. Solo está permitido el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización social obligatoria. Se reitera la prohibición de reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, obviamente, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia del COVID-19.  Tal como se ha venido difundiendo, pero pareciera que no se quiere entender por amplios sectores sociales es que en el caso de las provincias de Jaén y Cajamarca, las medidas restrictivas que establece el decreto antes mencionados y los anteriores, implican el aislamiento social obligatorio, así como e¿ en los departamentos, provincias y distritos involucrados en los cuales solo está permitido el desplazamiento de las personas únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas.

  • Caritas Perú
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